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OBLIGACIƓN DEL ARTICULO 113-G LISR DE LOS CONTRIBUYENTES PERSONAS FISICAS DEL REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA

  • Mario Alberto Serrano
  • 30 jun 2024
  • 2 Min. de lectura


INTRODUCCIƓN


El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) fue lanzado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para entrar en vigor a partir del 1 de enero del 2022, supliendo al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), para los contribuyentes que perciban ingresos menores a 3.5 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior o nuevos contribuyentes, con el objetivo de una reducción de las tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) con lo que se pretende que los contribuyentes con menos ingresos paguen menos impuestos.


OBLIGACIƓN DEL ARTICULO 113-G


De acuerdo con el artƭculo 113-G de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, los contribuyentes que tributen en el RESICO estarƔn obligados a cumplir con los siguientes requisitos:


  • Inscripción en el RFC.

  • Contar con firma electrónica y la activación del buzón tributario.

  • Emitir y contar con comprobantes fiscales digitales por internet de sus ingresos.

  • Conservar los comprobantes fiscales digitales por internet de sus gastos o inversiones.

  • Entrega de comprobantes fiscales digitales por internet a sus clientes.


El pasado cuatro de junio de la presente anualidad fue publicada la 1ª resolución de modificaciones a la resolución miscelÔnea fiscal para 2024, en la que se amplían el plazo hasta el 1 de enero de 2025 para la habilitación del buzón tributario y contar con firma electrónica, lo anterior con fundamento en los artículos transitorios Segundo y Tercero de dicha resolución.


CONCLUSIONES


El plazo que brinda el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la activación del buzón tributario y la obtención de la firma electrónica, puede ser un arma de dos filos, por un lado, no libera del cumplimiento para este ejercicio fiscal con estos requisitos, pero por otro el buzón tributario es el medio de comunicación fiscal del contribuyente con el SAT y la firma electrónica es la herramienta para poder emitir los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI). Por lo que, sin estos dos requisitos no se tendría una buena administración fiscal por parte del contribuyente haciendo deficiente el cumplimiento de la emisión y entrega de comprobantes fiscales a los clientes.

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