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¿SABIAS QUE UN CREDITO FISCAL SE PUEDE PAGAR A PLAZOS?

  • Foto del escritor: Serrano Lagunes
    Serrano Lagunes
  • 5 ago 2024
  • 3 Min. de lectura

El cumplimiento de las obligaciones fiscales en México es fundamental para la estabilidad financiera del Estado y la correcta administración de los recursos públicos. Para los contribuyentes que enfrentan dificultades para cubrir en una sola exhibición sus adeudos tributarios, la Ley ofrece una opción para realizar pagos en parcialidades o de manera diferida. De acuerdo con los artículos 66, primer párrafo y 66-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el artículo 65 de su Reglamento, esta posibilidad se regula con criterios específicos que garantizan la equidad y la transparencia en el proceso. La presente guía detalla los pasos y requisitos para solicitar esta modalidad de pago, proporcionando claridad sobre el proceso y las implicaciones de incumplir con las normas establecidas.


1. Proceso de Solicitud:

La solicitud para pagar en parcialidades o de manera diferida debe seguir las directrices establecidas en la ficha de trámite 103/CFF, que se encuentra en el Anexo 1-A del CFF. Alternativamente, se puede presentar a través de los medios autorizados por el SAT para las entidades federativas. La solicitud puede realizarse en cualquier momento después de recibir la notificación de los créditos fiscales. Para casos de autodeterminación o autocorrección, la solicitud debe presentarse dentro de los diez días hábiles posteriores a la presentación de la declaración correspondiente.


2. Requisitos del Pago Inicial:

Antes de presentar la solicitud, el contribuyente debe realizar un pago inicial de al menos el 20% del monto total del adeudo. Este pago se efectúa mediante el FCF (Línea de Captura) que se obtiene a través de los medios señalados en la regla 2.11.2, fracciones I y III del Reglamento. Este pago inicial debe ser anexado a la solicitud. En casos en que se presente una autodeterminación o autocorrección, el contribuyente deberá pagar el 20% del adeudo a través del FCF generado por el sistema al momento de la declaración.


3. Revisión y Requerimientos:

Una vez presentada la solicitud, la autoridad fiscal revisará el cumplimiento de los requisitos. Si detecta omisiones o errores, enviará un requerimiento al contribuyente para subsanar las deficiencias en un plazo de cinco días hábiles. La autoridad fiscal emitirá una resolución de autorización una vez que el contribuyente haya cumplido con el pago inicial y cualquier otro requisito adicional. En caso de no cumplir con los requisitos, se emitirá una resolución de no autorización.


4. Resolución y Notificación:

La resolución de autorización o no autorización se notificará a través del buzón tributario o por otros medios establecidos en el artículo 134 del CFF. Para los casos autorizados, se proporcionarán los FCF correspondientes a cada parcialidad autorizada. Si el contribuyente no paga alguna parcialidad a tiempo, deberá solicitar un nuevo FCF que refleje la actualización y recargos por mora. Los pagos se aplicarán a la parcialidad más antigua pendiente, incluyendo actualizaciones y recargos aplicables.


Conclusión


La regulación del pago en parcialidades o de manera diferida de adeudos fiscales es una herramienta crucial para facilitar el cumplimiento tributario en México. La correcta aplicación de los procedimientos establecidos en el CFF y su Reglamento asegura que los contribuyentes puedan manejar sus obligaciones fiscales de manera flexible, mientras que la administración fiscal mantiene un control riguroso sobre los pagos. El cumplimiento de los requisitos y plazos establecidos es esencial para evitar sanciones y para asegurar que el proceso de regularización se lleve a cabo de manera efectiva. Conocer y seguir estos lineamientos no solo facilita la gestión de adeudos, sino que también contribuye a una cultura de cumplimiento fiscal dentro del marco legal vigente.

 

 
 
 

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